¿Cuáles son los límites de la licencia de navegación?

15 julio 2019

1. La licencia de navegación

La licencia de navegación, que desde 2008 debería denominarse más bien “licencia de navegación de recreo con opción costera”, es un permiso para navegar por el mar. Éste le permite, desde los 16 años, manejar una embarcación de recreo a motor, cuyo motor tenga una potencia superior a 6 CV (4,5 KW). No existe una potencia máxima. ¡Por lo tanto, con esta licencia puede pilotar una embarcación a motor de 6 CV ó 250 CV e incluso de 500 CV o más! Tampoco hay ningún límite de tamaño, su embarcación puede medir 7 o 70 metros, la licencia es la misma. También permite utilizar la radio VHF en aguas territoriales francesas, navegar por los lagos y estanques cerrados y pilotar un jet-ski.

Con la licencia de navegación, podrá alejarse hasta 6 millas de un refugio. ¿Qué es un refugio? Es un lugar protegido en el que puede refugiarse usted, su embarcación y su tripulación en caso de fuerte oleaje, de tormenta… Un refugio puede ser un puerto, una ensenada, una isla e incluso su propia embarcación si navega con el apéndice asociado. Esta noción de refugio permite en algunos casos un alejamiento real de 12 millas. De hecho, si un puerto o una isla se encuentra a 12 millas del puerto del que ha zarpado, puede realizar el desplazamiento ya que a media distancia se encontrará a 6 millas de su punto de partida y de su punto de llegada.

2. La licencia de navegación de altura

Si quiere navegar más allá de 6 millas de un refugio, no le bastará con disponer de la licencia de navegación, deberá ser titular de una licencia adicional de navegación de altura, que suele denominarse licencia de navegación de altura. Tal como su nombre indica, se trata de una licencia adicional a la licencia de navegación, por lo que primero deberá obtener esta última. Con esta licencia adicional no estará sujeto a ninguna limitación de distancia y podrá cruzar el Atlántico.

Pero la licencia de navegación de altura no solo es una cuestión de distancia, sino que también es la garantía de que cuenta con unas sólidas competencias marítimas: saber descifrar una carta náutica, prever las mareas y tener en cuenta las corrientes, los vientos y la declinación magnética con un mapa de papel, un compás y una regla. Con esta licencia adicional podrá navegar incluso en caso de que los instrumentos electrónicos estén averiados y adquirir unos conocimientos tradicionales, más científicos que los asociados a la licencia de navegación. Si el examen para obtener la licencia de navegación consiste en una prueba electrónica de 30 preguntas de opción múltiple más un examen práctico, el examen para obtener la licencia de navegación de altura es de una índole diferente: únicamente es teórico y se compone de un ejercicio de navegación en un mapa de día, de un segundo ejercicio de navegación en un mapa de noche (1h30 en total), de un cálculo de mareas y por último, de una prueba de 5 preguntas de opción múltiple sobre las ayudas electrónicas, la meteorología y el material de seguridad. ¡Un fantástico reto!

3. ¿Y si navego por el extranjero?

La licencia de navegación y la licencia adicional de navegación de altura son licencias francesas de navegación de recreo cuyas prerrogativas son válidas en el extranjero si navega con una embarcación bajo pabellón francés. Si navega por el extranjero con una embarcación extranjera, deberá solicitar información a las autoridades de los países correspondientes.

No olvide que en Francia puede estar sujeto en cualquier momento al control de Asuntos Marítimos, de la Guardia Costera o incluso de las Aduanas, aunque los controles son más frecuentes en temporada alta. En caso de infracción se aplicarán sanciones: una imprudencia grave que comprometa la seguridad de las personas (por ejemplo, por velocidad excesiva), un incumplimiento de la normativa (por ejemplo, del código de la navegación) o incluso un caso de embriaguez o de consumo de estupefacientes puede suponer la retirada temporal o definitiva de su licencia.

También pueden aplicarse multas si navega sin ser titular de una licencia (1 500 €), si navega a pesar de que le hayan retirado su licencia (1 500 €), si practica la navegación acompañada sin haberla declarado previamente (150 €), si supera el plazo concedido para presentar los documentos administrativos solicitados (750 €).